La nueva Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 26 de enero de 2017 es una excelente noticia para los consumidores, ya que permitirá que los consumidores puedan reclamar al banco los siguientes conceptos...
1. Los consumidores podrá reclamar ante los Tribunales de Justicia por todas las cláusulas abusivas de la escritura de hipoteca (gastos de gestión, impuesto AJD, los intereses ordinarios y de demora) aunque exista una sentencia anterior que hubiese examinado otra cláusula abusiva distinta, de la misma hipoteca (por ejemplo "una cláusula suelo").
2. Los jueces deberá examinar todas las cláusulas abusivas de las escrituras de hipoteca que accedan al Juzgado.
3. Se podrán revisar, incluso, las cláusulas de vencimiento anticipado obligatorio que implicaron el desahucio del piso si fue con la normativa que lo permitía, con un sólo impago de la cuota de la hipoteca.
4. La Sentencia no indica cuantas cuotas hipotecarias impagadas son necesarias para que el banco pueda aplicar el vencimiento anticipado y reclamarnos la totalidad de la hipoteca, pero sí que marca unos criterios o bases que se deberán tener en cuenta.
Por fin las cosas estan cambiado para los consumidores, infórmate sobre tus derechos.
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